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La aceptación de una herencia de la que es beneficiario un conocido está tardando más de lo previsto. Si su conocido necesita el dinero y no puede esperar, comuníquele que puede vender sus derechos hereditarios. ¿Cómo tributa dicha venta?

Cuando la aceptación de una herencia se demora por discrepancias entre los sucesores, puede ocurrir que uno de los herederos venda a otro heredero o a un tercero sus derechos hereditarios.¿Cómo tributa dicha compra?

Nos dice el apartado segundo de artículo 2 que los tributos, cualquiera que sea su denominación, se clasifican en tasas, contribuciones especiales e impuestos, para pasar a definir a continuación cada uno de ellos. Procedo al estudio de cada una de las figuras que regula la Ley General Tributaria en este precepto.

Artículo 2. Concepto, fines y clases de los tributos

1. Los tributos son los ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una Administración pública como consecuencia de la realización del supuesto de hecho al que la ley vincula el deber de contribuir, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos.

El apartado segundo de este artículo primero establece que: “Esta ley establece, asimismo, los principios y las normas jurídicas generales que regulan las actuaciones de la Administración tributaria por aplicación en España de la normativa sobre asistencia mutua entre los Estados miembros de la Unión Europea o en el marco de los convenios para evitar la doble imposición o de otros convenios internacionales”.

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