El artículo 3, que lleva por título “Principios de la ordenación y aplicación del sistema tributario”, nos indica en su apartado segundo que: “La aplicación del sistema tributario se basará en los principios de proporcionalidad, eficacia y limitación de costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales y asegurará el respeto de los derechos y garantías de los obligados tributarios”.
Principios de aplicación del sistema tributario
Los principios de aplicación del sistema tributario son los criterios que las Administraciones deben cumplir a la hora de aplicar el sistema tributario. Estos principios manifiestan que la justicia del sistema tributario no depende sólo de la configuración teórica de las normas, sino también de cómo se aplican en la práctica por la Administración tributaria a la que están dirigidos (STS 26-6-14, EDJ 106485).
Es principio general que las comprobaciones e investigaciones llevadas a cabo por la Inspección de los Tributos deben ser completas y definitivas. Así lo imponen tanto la seguridad jurídica y económica del contribuyente, como la necesidad de que la actuación inspectora incida lo imprescindible en su esfera privada, razones todas inmanentes al art. 3.2 LGT cuando dispone que la aplicación del sistema tributario se basará en los principios de proporcionalidad, eficacia y limitación de costes indirectos, asegurando el respeto de los derechos y garantías de los obligados tributarios. Por ello, la comprobación y la investigación parciales deben contemplarse como una excepción (STS 4-12-13, EDJ 257886).
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