El apartado segundo de este artículo primero establece que: “Esta ley establece, asimismo, los principios y las normas jurídicas generales que regulan las actuaciones de la Administración tributaria por aplicación en España de la normativa sobre asistencia mutua entre los Estados miembros de la Unión Europea o en el marco de los convenios para evitar la doble imposición o de otros convenios internacionales”.
En virtud de las directivas sobre asistencia mutua entre las autoridades competentes de los Estados miembros en el ámbito tributario, las autoridades fiscales del Estado miembro de tributación tienen la facultad de solicitar a las autoridades de otros Estados miembros cualquier información que resulte necesaria para la determinación correcta del impuesto de un contribuyente (TJUE 10-2-11, asunto Haribo Lakritzen Hans Riegel y Österreichische Salinen, C-436/08 y C-437/08; 9-10-14, van Caster y van Caster, C-326/12).
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