Contrata tu membresía y accede a todos estos contenidos exclusivos para suscriptoresMás información

Accede a tu cuenta

Nombre de usuario *
Clave *
Recordarme

Artículo 1. Derecho de los españoles a la Seguridad Social

El artículo 1 de la Ley General de la Seguridad Social establece que el derecho de los españoles a la Seguridad Social, establecido en el artículo 41 de la Constitución, se ajustará a lo dispuesto en la presente ley. El artículo 41 de la CE establece que “Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres”.

Este precepto se ubica en el capítulo III del título I de la CE, de manera que la garantía de que goza es la prevista en el artículo 53.3 de la CE, en cuya virtud “El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen”.

 

ESTE CONTENIDO ES EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES. CONTRATA TU MEMBRESÍA Y ACCEDE A TODOS LOS CONTENIDOS DE LA WEB

Valora este artículo
(0 votos)
Last modified on Thursday, 25 May 2023 16:12
Ángel Ureña Martín

Fundador y director de esta web, Letrado Laboralista, funcionario del Gobierno de Castilla-La Mancha, profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social e investigador con varias monografías publicadas. Estoy para ayudarte y brindarte la mejor información sobre el mundo laboral.

email: info@tuasesorlaboral.net

Deja un comentario

Asegúrese de ingresar toda la información requerida, indicada con un asterisco (*).

© 2023 Tu Asesor Laboral. Todos los derechos reservados